Los Derechos Humanos de los Niños han sido preocupación de reconocimiento por la comunidad internacional surgiendo asi los diversos Tratados Internacionales, los cuales pusieron en marcha los Estados para la protección de los niños. En tal sentido, presentamos a continuación un recorrido histórico sobre los orígenes del reconocimiento de los derechos de los niños en el ámbito Internacional y Nacional.
Iniciaremos este recorrido, destacando
que a.c, encontramos presente en el Código de Hammurabi, la primera legislación
sobre la infancia al establecerse la protección del pueblo babilónico a los
huérfanos.
En el
siglo IV, en Roma bajo Constantino
comienza a crecer una corriente de protección al niño, una de cuyas
manifestaciones es la instauración de la pena capital para el infanticidio.
A
partir de 1841, las leyes comenzaron
a proteger a los niños en su lugar de trabajo, y a partir de 1881, las leyes francesas garantizaron
el derecho de los niños a una educación
A principios del siglo XX, comenzó a implementarse la protección de los niños,
incluso en el área social, jurídica y sanitaria. Este nuevo desarrollo, que
comenzó en Francia, se extendió más adelante por toda Europa.
En el año 1904 se sanciona la “Ley
para Protección de la
Infancia y Represión de la Mendicidad” conocida
también como Ley Tolosa, y en 1908,
el Reglamento de la ley; y, el Reglamento de Puericultura en 1910.
Desde 1919, tras la creación de la Liga de las Naciones (que luego se convertiría en
la ONU), la
comunidad internacional comenzó a otorgarle más importancia a este tema, por lo
que elaboró el Comité para la
Protección de los Niños.
Como consecuencia de la Segunda Guerra Mundial queda
una gran cantidad de niños huérfanos y abandonados, siendo Eglantyne
Jebb, quién marcada por los horrores de la Primera Guerra
Mundial, advierte la necesidad de protección especial para los niños y redacta la Magna Carta del Niño,
la cual fue adoptada por la
Sociedad de Naciones el 26 de Diciembre de 1924. Esta Declaración de los derechos
del Niño, también conocida como la Declaración de Ginebra, es el primer Tratado
Internacional sobre los Derechos de los Niños, que reconoce y afirma, por
primera vez, la existencia de derechos específicos para los niños y las niñas,
pero sobre todo la responsabilidad de los adultos hacia ellos.
En 1934
la Asamblea General
de la Sociedad
de Naciones aprobó el nuevo texto de la Declaración de Ginebra.
En 1947
se crea el Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF) al cual
se le concedió el estatus de organización internacional permanente en 1953,
Organización que luego estableció una serie de programas para que los niños
tuvieran acceso a una educación, salud, agua potable y alimentos.
En 1948
la Declaración
Universal de los Derechos Humanos, aprobada por la Asamblea General
de las Naciones Unidas, establece que la infancia tiene derecho a cuidados y
asistencia especiales (artículo 25)
En
1959 la Asamblea General
de las Naciones Unidas crea la segunda Declaración de los Derechos del Niño, en
el cual se describen sus derechos en diez (10) principios importantes, que tienen carácter indicativo
por cuanto la Declaración no ha sido firmado por todos los
países, siendo su valor jurídico limitado, pues sus destinatarios no estaban
obligados a someterse a ellas y no cometían ninguna infracción al no
respetarlas. Principios que se mencionan a continuación:
1.- El disfrute de todos los derechos mencionados en
la declaración sin discriminación;
2.- Protección especial por ley con el fin de
permitir a los niños un sano desarrollo en el plano físico, intelectual, moral,
espiritual y social, en condiciones de libertad y dignidad;
3.- El derecho a crecer bajo la protección y
responsabilidad de sus padres;
4.- La protección de la salud y el derecho a la
alimentación;
5.- La protección de los niños discapacitados;
6.- La noción del interés superior del niño y el
derecho a la educación;
7.- La posibilidad de recibir primeros auxilios en
caso de peligro;
8.- La protección contra todas las formas de
negligencia, crueldad y explotación;
9.- El derecho a tener un nombre y una nacionalidad
al nacer;
10.- La no discriminación por raza, color, sexo,
religión, opinión política o no política, etc.
Cabe mencionar que en medio de la Guerra Fría, y tras
arduas negociaciones, la
Asamblea General de las Naciones Unidas, en la ciudad de Nueva
York aprobó en el año 1966, dos
textos complementarios a la Declaración Universal de los Derechos Humanos,
puestos en vigencia en 1976 :
* El Pacto Internacional de Derechos
Económicos, Sociales y Culturales, que reconoce el derecho a la protección contra
la explotación económica y el derecho a la educación y a la asistencia médica.
* El Pacto Internacional de Derechos
Civiles y Políticos, establece el derecho a poseer un nombre y una
nacionalidad.
La Declaración sobre la protección de la mujer y el niño en estados
de emergencia; Resolución 3318. Asamblea
General de Naciones Unidas, 14 de diciembre de 1974.
La Declaración sobre la protección de todas las personas contra la
tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes. Asamblea General
Naciones Unidas, 1975. En junio de 1987 entró en vigor la Convención contra la tortura.
Convención americana sobre Derechos
Humanos. San José de Costa Rica, 21 de noviembre de 1969; entró en vigor el 18
de julio de 1978.
En el año 1979, la Asamblea General de las Naciones Unidas aprueba la Convención sobre la eliminación de todas las
formas de discriminación contra la mujer, que protege los derechos humanos de
las niñas y las mujeres.
En ese mismo año la ONU proclamó el Año
Internacional del Niño
El 29 de noviembre de 1985, la Asamblea General
Naciones Unidas aprueba las Reglas de Beijing sobre justicia de menores.
(Resolución 40/33)
Marco jurídico sobre adopción y hogares
de guarda. Resolución 41/85. Asamblea General Naciones Unidas, 3 de diciembre
de 1986.
En 1989,
específicamente el 20 de noviembre, la Asamblea General
de las Naciones Unidas aprobó la Convención sobre los Derechos del Niño, en el
cual se establece los derechos económicos, sociales y culturales de los niños.
Este documento ha sido ratificado por 193 Estados. Se considera una de las
convenciones más ratificadas del mundo y contiene derechos civiles y políticos,
así como derechos culturales, sociales y económicos.
El 11 de julio de 1990 la
Organización para la Unidad Africana aprobó
la Carta Africana
sobre los Derechos y Bienestar del Niño.
El 29 de agosto de 1990, se promulgó en Venezuela la Ley Aprobatoria de
la Convención sobre los Derechos del Niño para
brindarles protección social y jurídica a los Niños, Niñas y Adolescente.
En el año 1994, encontramos la Conferencia Mundial sobre Educación Especial,
realizada en Salamanca, donde los participantes declararon que todos los países
deberían incorporar las necesidades especiales en materia de educación en su
marco estratégico de educación interna. Igualmente tenemos la Conferencia Internacional
sobre Población y Desarrollo, realizada en El Cairo, los participantes
propugnaron el acceso universal a la educación primaria, técnica y no académica
para el año 2015, con especial relevancia en la educación de las niñas.
En 1998,
se promulga en Venezuela la
Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, y entra en
vigor en abril de 2000,
Es preciso acotar que la antes referida Convención
Internacional relativa a los derechos del Niño de 1989, preveía en su artículo
38 la posibilidad de reclutar niños en los conflictos armados con la única
condición de que sean mayores de 15 años de edad, y a manera de rectificar este
artículo, las Naciones Unidas decidió adoptar en Ginebra, el 17 de junio de
1999, la Convención sobre las peores formas de trabajo
infantil, la cual fue puesta en vigencia el 19 de noviembre de 2000
En el se destacan las cinco peores formas
de trabajo que deben erradicarse a fin de intensificar la lucha contra esta
problemática, a saber:
1.- Esclavitud o prácticas similares, tales como la
venta o trata de niños, la servidumbre por deudas o la condición de siervo;
2.- Trabajo obligatorio o forzoso, incluido el
reclutamiento de niños para utilizarlos en conflictos armados;
3.- La contratación, utilización u oferta de niños
para la prostitución, materiales pornográficos o shows de la misma índole;
4.- La contratación, utilización u oferta para
actividades ilícitas, en especial la producción o tráfico de drogas, tal como
se definen en los tratados internacionales pertinentes;
5.- Trabajos que, por su naturaleza o condiciones en
que se realizan, puedan poner en riesgo la salud, la seguridad o la moralidad
de los niños.
El 25 de mayo de 2000, la
Asamblea General de las Naciones Unidas en Nueva York, junto
con el Protocolo Facultativo respecto a
la venta de niños, la prostitución y la pornografía infantil, adopta el Protocolo facultativo de la Carta Internacional
sobre los Derechos del Niño, que prohíbe de manera absoluta el
reclutamiento de niños en las fuerzas armadas, en tal sentido, los menores no
pueden participar en conflictos armados, Estos protocolos entran en vigor el 18
de enero de 2002.
En este mismo año 2000, entra en vigencia la Ley
Orgánica para la Protección del Niño y
del Adolescente (LOPNA), instrumento que donde se establecen Derechos,
Deberes y Responsabilidades para Niños, Niñas y Adolescentes
En el año 2007, la Ley
Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente (LOPNA),
sufrió su primera reforma parcial.
08 de Junio de 2015, Ley de Reforma Parcial
de la Ley Orgánica
para la Protección
de Niños, Niñas y Adolescentes
El 19 de diciembre de 2011, la Asamblea General
de las Naciones Unidas adopta el 3er
Protocolo Facultativo de esta Convención, estableciendo así un
procedimiento de denuncia individual en caso de violaciones de los derechos del
niño.
Referencias:
Convención
de los Derechos del Niño (1989). [Versión electrónica] Recuperada en 09 de
Junio de 2015. Disponible en:
http://www2.ohchr.org/spanish/law/crc.htm
http://www2.ohchr.org/spanish/law/crc.htm
Declaración Universal de los Derechos de los Niños (1959) [Versión electrónica] Recuperada el 09 de Junio de 2015. Disponible en:
http://www.iin.oea.org/BADAJ2/pdf/Normativa%20ONU/Declaraci%
C3%B3n%20de%20los%20Derechos%20del%20Ni%C3%B1o%201959.pdf
Ley
de protección de la Infancia
o Ley Tolosa (1904) y Reglamento de la
Ley (1908)
Ley de Reforma Parcial de la Ley Orgánica para la Protección de Niños,
Niñas y Adolescentes (2015) Gaceta Oficial de la República de Venezuela Nº 6.185 de fecha 08 de Junio de 2015





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